Nota metodológica

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Actualizado el 28/06/2023

NOTA METODOLÓGICA

PARTE TÉCNICA
 

1. INTRODUCCIÓN

Fecha última revisión 28/06/2023.

Contar con la confianza de la sociedad es clave para Ferrer. Por ello, en respuesta a las demandas sociales y la plena confianza en el sector, se publican todas las interrelaciones entre Ferrer y profesionales sanitarios, organizaciones sanitarias y de pacientes.
La colaboración con esta iniciativa de la industria farmacéutica, pionera en el mundo, es fruto del compromiso de Ferrer por mejorar de manera constante sus relaciones con terceros.
Las interrelaciones que se publican son necesarias y legítimas para el sector. Son la base de la investigación y la formación científicas. Estas relaciones ayudan a tener un mejor conocimiento de las enfermedades y los tratamientos disponibles, y facilitan el desarrollo de nuevos medicamentos innovadores. Las transferencias de valor, a través de estas interrelaciones, son una herramienta fundamental para actualizar y mejorar los conocimientos y habilidades de los profesionales sanitarios y, además, permiten a la industria farmacéutica incorporar la experiencia y conocimientos de las organizaciones y profesionales sanitarios a la investigación farmacéutica.
La misión de Ferrer de avanzar en el bienestar de la sociedad afecta no sólo a la manera de trabajar sino también a las actividades que se fomentan a nivel de responsabilidad social corporativa: creación y apoyo a fundaciones, formación para profesionales de la salud, iniciativas para reducir la marginalización de ciertos grupos dentro del sistema sanitario, apoyo a pacientes, investigación activa de enfermedades infecciosas en países en vías de desarrollo y colaboración en proyectos locales.
Ferrer entiende que este compromiso conlleva también la obligación de contribuir a la sostenibilidad del Sistema Nacional de Salud español (SNS). Y esto se consigue a través de diferentes acciones:
• Aportación al SNS el 7,5% de la facturación de los productos de menos de 10 años y el 10% de la facturación de los productos de más de 10 años de antigüedad.
• Acceso a la formación continuada de los profesionales sanitarios para que actualicen sus conocimientos a medida que los avances médicos se van sucediendo, dada la dificultad económica del Ministerio de Salud por formar de manera continuada a sus empleados destinados a la Sanidad.
• Formación a los pacientes sobre diversas patologías a través de folletos informativos.
Otra área de especial importancia para Ferrer es la sostenibilidad ambiental. Existe un firme compromiso con un modelo de negocio que promueva la sostenibilidad y la conciencia ambiental.

 

2. ALCANCE

Ferrer publicará en su web corporativa de manera anual todas las colaboraciones relacionadas con medicamentos de prescripción realizadas con distintos integrantes del sistema sanitario español (organizaciones y profesionales sanitarios), ya sean privados o públicos, así como instituciones en torno a la I+D, como prueba del firme compromiso de Ferrer por mantener una relación transparente con la sociedad.
En este informe, se publicarán todas las transferencias realizadas por cada una de las áreas de negocio durante años naturales, desglosándolas por conceptos según las directrices de la patronal Farmaindustria y la Federación Europea de Asociaciones de la Industria Farmacéutica (EFPIA, en sus siglas en inglés).
En el desplegable, seleccionando filial España, se muestran estas interrelaciones, ya sean directas o a través de terceros, que implican transferencias de valor realizadas en España entre Ferrer y profesionales sanitarios españoles y organizaciones sanitarias tanto españolas como europeas. Asimismo, seleccionando en el desplegable otras filiales europeas (Alemania y Portugal), se mostrarán sus propias interrelaciones a nivel nacional cumpliendo con la normativa que les aplica localmente.

 

3. GLOSARIO DE TÉRMINOS 

• Alojamiento: Es el coste del hotel durante los días del evento. La categoría máxima utilizada es de cuatro estrellas, excepto si se cumplen los condicionantes aceptados por Farmaindustria. Las fechas de la reserva de hotel deben coincidir con los días del evento.

• Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria: La industria farmacéutica en España se rige por este código, que transpone la normativa de la Federación Europea de Asociaciones de la Industria Farmacéutica (EFPIA), alineando el sistema español de autorregulación con el resto de sistemas existentes en Europa en materia de promoción de medicamentos de prescripción e interrelación con profesionales y organizaciones sanitarias. La USD (Unidad de supervisión Deontológica de Farmaindustria) es el garante del cumplimiento de este código.

• Congresos o reuniones científicas: Eventos formativos que organizan las sociedades científicas de las diferentes especialidades médicas para presentar los últimos avances científicos. También permiten iniciar procesos de colaboración entre Ferrer y profesionales sanitarios (en adelante PS) para posibles proyectos de investigación. Suelen tener una periodicidad anual o bianual. No se permite acompañantes de los PS ni actividades lúdicas asociadas.

• Consentimiento de Publicación: Documento firmado por el PS en el que hace constar si consiente o no la publicación de sus datos de manera individual o agregada.

• Desplazamiento: Coste del desplazamiento desde el lugar de residencia del PS hasta el lugar donde se celebra el congreso. Los PS cuyos desplazamientos estén financiados por Ferrer sólo podrán viajar en clase turista. En los casos en que los desplazamientos tengan una duración superior a cinco horas se podrá proporcionar una clase superior. Las fechas del desplazamiento se limitan a las del evento, no se podrá ir antes o quedarse tras la finalización de éste.

• Destinatario: Profesionales Sanitarios u Organizaciones Sanitarias que ejerzan su actividad profesional en España o cuya dirección profesional principal o lugar de constitución se encuentre en España.

• Donación (aportación dineraria o ventaja en especie): Acto por el cual Ferrer aporta una cantidad económica o en especie en favor de un tercero (donatario), que lo acepta. En todo caso Ferrer no obtendrá ni solicitará obtener contraprestación alguna del donatario.

• EFPIA: Federación Europea de Asociaciones de la Industria Farmacéutica (EFPIA, en sus siglas en inglés). Representa a la industria farmacéutica que opera en Europa. Gracias a la participación directa de 33 asociaciones nacionales y 39 compañías farmacéuticas, EFPIA es la voz en la UE de 1.900 empresas comprometidas con la investigación, el desarrollo y con poder aportar nuevos medicamentos que mejoren la salud y la calidad de vida de los pacientes en todo el mundo.

• Eventos: Toda reunión científico-profesional, congreso, conferencias, simposio, jornada, cursos de formación presencial o a distancia, o cualquier otro tipo de actividad similar (incluyendo, a título enunciativo que no limitativo, reuniones de expertos, visitas a plantas de fabricación e instalaciones de investigación, así como reuniones formativas, de investigadores relacionadas con la realización de ensayos clínicos y estudios postautorización) que sean organizados o patrocinados por Ferrer o bajo su control través de terceros.

• Farmaindustria: Patronal de la industria farmacéutica en la que están asociados cerca de 200 laboratorios farmacéuticos con sede en España. Vela por los intereses de los laboratorios farmacéuticos pero anteponiendo los intereses de los pacientes. La Unidad de Supervisión Deontológica (USD) de esta patronal asegura que todos sus asociados trabajen siguiendo los principios éticos del código y de manera responsable. Entre otras acciones, evalúa congresos, proyectos formativos ad hoc de sus asociados o estudios de mercado, por ejemplo, permitiendo o rechazando que sus asociados puedan colaborar.

• Honorarios profesionales: Importe percibido por el PS tras haber realizado un servicio para Ferrer según está estipulado mediante contrato. Estos servicios prestados siempre tendrán una finalidad investigadora, de asesoramiento o formativa. No se incluyen gastos de desplazamiento y alojamiento derivados.

• Inscripciones: El precio fijado por una secretaría que se debe abonar como cuota obligatoria para que el PS pueda acceder a un congreso científico y participar en las sesiones formativas.

• Interrelación: Actividades llevadas a cabo, organizadas o patrocinadas por Ferrer o por terceros (proveedores, agencias…) de las que puedan derivarse directa o indirectamente colaboraciones, apoyos y/o contraprestaciones de cualquier tipo a favor de un tercero.

• Investigación y Desarrollo: Actividades asociadas al diseño o ejecución de estudios preclínicos (definidos por la OCDE en “Principios de Buenas Prácticas de Laboratorio”), ensayos clínicos (definidos en la Directiva 2001/20/CE y contemplados en el artículo 14.1 del Código) y estudios postautorización (contemplados en el artículo 14.2 del Código).

• Organización de Pacientes (en adelante OP): Organización sin ánimo de lucro —incluidas las organizaciones paraguas a las que pertenecen—, compuesta principalmente por pacientes y/o sus cuidadores, que representa y/o apoya las necesidades de los pacientes y/o de sus cuidadores.

• Organización Sanitaria (en adelante OS):  Toda persona jurídica o entidad que sea una asociación médica o científica, institución sanitaria (cualquiera que sea su forma jurídica o de organización) tales como hospitales, clínicas, fundaciones, universidades y otras entidades académicas, sociedades científicas (excluidas las OP), o a través de la cual presten servicios uno o más PS.

• Patrocinio: Cantidad de dinero que se aporta a OS (hospitales, clínicas, fundaciones, universidades…) para la realización de congresos o proyectos de investigación, como puede ser un stand u otros gastos incurridos en el entorno de una reunión científica, una web de una sociedad médica o boletines informativos, entre otros.

• Precio de Mercado: importe que generalmente debería abonar un particular para adquirir una unidad de un bien, producto, material, artículo o similar, en España.

• Profesionales Sanitarios (PS): cualquier miembro de la profesión médica, dentista, farmacéutico, enfermero o podólogo que en el ejercicio de su profesión realice acciones relacionadas con la venta, distribución, administración o prescripción de medicamentos. También se tienen en cuenta los profesionales que se encargan de la distribución de los medicamentos (mayoristas) y personas que trabajan en la administración, gestores de centros destinados a la salud…

• Publicación agregada: la suma de las transferencias de valor realizadas a PS a los que no se ha podido informar sobre la publicación a título individual.

• Publicación individual: Se podrá identificar al receptor de la transferencia ya que figura el nombre completo y la dirección. El NIF aparece cifrado en el caso de ser una persona física para poder cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos española (LOPD). Todas las transferencias a OS y OP se publicarán individualmente

• Secretaría técnica: Empresa oficial contratada por la OS organizadora de un evento científico para su gestión y coordinación.

• Sociedad científica: Asociación de PS en relación a una patología que les permite reunirse, compartir información y conocimientos y difundir sus trabajos a través de publicaciones especializadas.

• Transferencia de valor: Cualquier pago o contraprestación directa o indirecta en efectivo, en especie, o de cualquier otra forma, con independencia de cuál sea su finalidad.

• Transferencia Directa: transferencia de valor realizada directamente por el laboratorio al beneficiario, sin que haya un intermediario.

• Transferencia Indirecta: cuando sea un tercero (proveedores, agentes, socios o afiliados (incluyendo las fundaciones), actuando en nombre de la compañía, quien realice la transferencia de valor en beneficio de un destinatario y la compañía identifique o pueda identificar el destinatario.

 

4. RECOPILACIÓN DE INFORMACIÓN A PUBLICAR E IDENTIFICACIÓN DE LOS DESTINATARIOS

4.1. RECOPILACIÓN Y PROCESAMIENTO DE INFORMACIÓN

4.1.1. RECOPILACIÓN DE LA INFORMACIÓN

Para la recopilación de información, Ferrer dispone de una plataforma informática en la que se detallan todas las transferencias de valor que se realizan a un Profesional Sanitario (PS) u Organización Sanitaria (OS).
Esta plataforma informática tiene un circuito de aprobación interno en el que se comprueba que, en todos los casos, la petición cumpla con los requisitos del Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria.
Antes de gestionar cualquier transferencia de valor con el PS e incorporarla a la plataforma se le informa sobre el tratamiento y publicación individual de sus datos personales y de los datos relacionados con esa transferencia en virtud de la obligación del artículo 18 del código de Farmaindustria. El PS firma conforme se le ha informado y Ferrer le remite una copia de dicho documento informativo al correo electrónico facilitado por el propio PS.

 

4.1.2. FECHA UTILIZADA PARA LA RECOPILACIÓN Y PUBLICACIÓN

Se recopilarán todas las colaboraciones realizadas en años naturales desde el 1 de enero de 2015 y se publicarán seis meses después del cierre de cada año. La publicación irá acumulando los datos hasta disponer de tres años completos. A partir de ese momento, se sustituirá la información del primer año por la del cuarto año, y así sucesivamente.

Criterios de asignación de fecha a las transferencias para su publicación:

• En el caso de un evento científico (patrocinio de stands, simposios, inscripciones, viajes y alojamientos, etc.), se publica en virtud de la fecha de inicio de éste, informada en el sistema de recogida de datos.

• A la hora de publicar los honorarios profesionales relacionados con una prestación de servicios formativos, se reflejará la fecha de inicio del evento científico asociado, que tiene un programa en el que consta la sede y la fecha del evento.

• Para los honorarios profesionales relacionados con una asesoría u otro tipo de actividad no vinculada a un evento científico se tiene en cuenta la fecha de inicio de la tramitación del pago por el servicio prestado.

• En cuanto a las donaciones, se toma como referencia la fecha de la acción.

Mediante este proceso se garantiza el cumplimiento del principio contable del devengo de la interrelación. Es decir, se garantiza que el pago sólo se realiza en el momento de la prestación del servicio.

 

4.1.3 IVA Y OTROS ASPECTOS FISCALES

Todas las transferencias de valor publicadas en el informe se presentan en bruto. Cuando hablamos de cantidades brutas nos referimos al valor total, sin aplicarle ningún tipo de descuento ni impuestos asociados, es decir, nos referimos a la cantidad íntegra. Cuando hablamos de un valor neto nos referimos al resultado del valor bruto descontado los impuestos y otras cargas (IVA e IPRF, entre otros).
Por tanto, la cifra publicada será diferente (inferior o superior según el caso) a la cantidad que percibe el PS u OS. A la cifra en bruto se le debe añadir el IVA, que se aplica a todas las transferencias de valor a excepción de derechos de autor y formaciones regladas (ver apartado 6.1.3.1), y restar el IRPF a todas las transferencias de valor que se hagan a PS.
Por ejemplo:
Los honorarios a un PS como ponente en una sesión científica representan para Ferrer un importe bruto de 100 euros. A esta cifra se le añade el 21% de IVA (+21 euros) y el 15% de IRPF (-15 euros). El importe que se publica en el informe es de 100 euros, y el importe total que percibe el profesional es de 106 euros.

 

4.1.4 TRATAMIENTO DE DIVISAS

En aquellos casos en que se produzca una transacción distinta al euro, se aplicará el tipo de cambio publicado por el Banco Central Europeo en la fecha de registro y se aplicará el tipo de cambio de pago en el momento de efectuarlo, provocando una diferencia de tipo de cambio que se registrará en los estados financieros.

 

4.1.5 IDENTIFICADORES ÚNICOS

La información de los PS se recoge a través de una base de datos sindicada proporcionada por una empresa externa que cumple con todos los requisitos legales y que la gran mayoría de empresas del sector utiliza. Cada PS con el que existe una interrelación cuenta con un código personal y único vinculado a esta base de datos. Ésta incluye únicamente PS que ejerzan en España. En el caso de PS extranjeros Ferrer ha creado su propia base de datos.

Para incorporar los datos relativos a las trasferencias de valor se habrá informado previamente al PS de su posterior publicación mediante un documento en el que aparece el nombre del PS, su domicilio y el NIF así como resto de epígrafes que se publicarán y se le informa de cómo puede ejercer sus derechos recogidos en el reglamento de protección de datos. El documento informativo queda bajo custodia de Ferrer. Para garantizar la protección de datos, en la publicación sólo se presenta el NIF del PS de manera cifrada (ejemplo: xxx1234xx).

En el caso de OS existe un fichero propio en el que cada organización está identificada con sus datos y su CIF. Esta base de datos, que se revisa periódicamente, incluye OS españolas y no españolas.

 

4.1.6 TRANSFERENCIAS DE VALOR QUE NO SE LLEVEN A CABO

En aquellos casos en los que se realice una transferencia de valor a un PS para la asistencia a un congreso (inscripción, traslado y alojamiento) pero finalmente éste no pueda asistir, se publican los costes de cancelación que se asuman por parte de Ferrer. Si se conoce con tiempo la no asistencia, se cancela el pedido sin costes asociados y, por tanto, no se publica.

En el caso de otras transferencias que no se lleven a cabo, por ejemplo, honorarios y donaciones, y no incurran en un gasto asociado, no se publican.

Situación excepcional pandemia: Debido a la pandemia por el COVID-19 durante el año 2020, la mayoría de los congresos y eventos científicos se han visto anulados, postergados o han cambiado el formato a virtual.   Para el ejercicio de transparencia se han contemplado los siguientes supuestos:

    • Las transferencias de valor directas o indirectas a OS y PS  por colaboraciones que no se hayan podido llevar a cabo en el 2020 por las razones anteriores, no se publican en este informe.
    • Las transferencias ligadas a eventos que han visto alterada su naturaleza  pero se han realizado durante el 2020 (p.e. inscripción en evento presencial que pasa a ser inscripción en evento virtual con otro coste, o importe por un estand presencial que pasa a ser patrocinio de un banner en congreso virtual) se publican con el valor realizado.

4.2 IDENTIFICACIÓN DE LOS DESTINATARIOS

4.2.1 IMPUTACIÓN DE PAGOS (caso de varios destinatarios).

Para aquellos eventos con más de un PS patrocinado por parte de Ferrer, las trasferencias de valor se contemplan de manera individual. El proveedor nos informa de los costes unitarios de billetajes, alojamientos e inscripciones directamente asociados a cada PS.

 

4.2.2 TRANSFERENCIAS DE VALOR TRANSFRONTERIZAS

En la web www.ferrer.com se transparentan las transferencias de valor relacionadas con un PS que ejerza su actividad en territorio EFPIA que hayan sido gestionadas desde Ferrer España. En el informe se detalla el país de residencia de dicho PS.

En cuanto a OS extranjeras, en la publicación se transparentarán todas las trasferencias de valor que se devenguen desde Ferrer España.

 

4.2.3 TRANSFERENCIAS DE VALOR REALIZADAS POR EMPRESAS INTERMEDIARIAS

Para la organización de eventos científicos, Ferrer en ocasiones puede contratar a empresas intermediarias que se encargan de llevar el control de las transferencias de valor a los PS (honorarios por ponencias, viajes, inscripciones, alojamientos…) y a las OS (stands en congresos, colaboraciones en proyectos…). A efectos de la publicación, estas transferencias de valor indirectas se tratarán de la misma forma que las realizadas directamente a través de Ferrer.

Para poder realizar transferencias de valor indirectas siempre se firma un contrato en el que los intermediarios se comprometen a cumplir en todo momento con la legislación vigente durante la validez del documento legal. Existe, además, especial observancia a la legislación fiscal en sus obligaciones de pago a los ponentes, siendo así los intermediarios los únicos responsables frente a éstos y frente a terceros por el incumplimiento de la normativa fiscal.

Además, estos intermediarios también se comprometen a cumplir con el Código de Farmaindustria y, asimismo, les trasladan esta obligación a los PS y OS contratados por éstos.

 

4.2.4 TRANSFERENCIAS DE VALOR A PROFESIONALES SANITARIOS A TRAVÉS DE ORGANIZACIONES SANITARIAS

En caso de que el PS que se vaya a beneficiar de la transferencia de valor cobre sus servicios a través de una OS se transparentará a la OS y, por tanto, se publicará en el apartado de transferencias de valor a OS (ver apartado 5).

Por ejemplo: El Dr. X realiza una asesoría científica por la que percibe unos honorarios de Ferrer. La factura que recibe Ferrer proviene de la empresa Clínica Dr. X., que es una OS . Por tanto, Ferrer publica esta transferencia en la sección de OS.

 

4.2.5 UNIVERSIDADES E INSTITUCIONES ACADÉMICAS

Dado que las universidades e instituciones académicas se consideran OS, se tratará según lo descrito en los apartados de transferencias a OS. Si el proyecto realizado es de investigación y desarrollo la transferencia de valor se publicará en el apartado de I+D (ver apartado 5.4).

 

4.2.6 ORGANIZACIONES DE INVESTIGACIÓN CLÍNICA Y CEICS

Todos los pagos que se realicen a PS a través de las organizaciones de investigación clínica (CROs) se reflejarán según indica el apartado 5.4 de investigación y desarrollo.

Ferrer cuenta con sistemas informáticos adecuados para poder clasificar las transferencias que se realicen a CROs atendiendo a su naturaleza.

 

5.0 CATEGORÍAS DE LAS TRANSFERENCIAS DE VALOR

5.1 DONACIONES A ORGANIZACIONES SANITARIAS

Las donaciones pueden ser dinerarias o en especie - a través de la donación de productos, por ejemplo. En cualquier caso, son donativos irrevocables para los fines establecidos por la OS. Cualquiera de estas donaciones pasa por un proceso de aprobación interno para confirmar que cumpla los requisitos legales establecidos.

En el caso de donaciones en especie siempre se respetará la legislación o códigos aplicables según el tipo de producto (medicamento, alimentación infantil, cosméticos…).

Desde un punto de vista fiscal, las donaciones representan un gasto no deducible para la compañía. Sin embargo, existen varias tipologías de aportaciones que pueden dar derecho a desgravaciones fiscales que vienen establecidas en el artículo 17 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Ferrer dispone de los sistemas adecuados para poder categorizar una trasferencia de valor como donación e introducirla en sistema informático interno. Para ello, la OS siempre debe presentar el certificado en el que se acredite que está acogida al artículo 17 de la Ley 49/2002.

 

5.2 COLABORACIÓN EN REUNIONES CIENTÍFICAS Y PROFESIONALES

Ferrer participa en reuniones científicas y profesionales organizadas por terceros, como sociedades científicas. Estos eventos siempre deberán estar evaluados por Farmaindustria. Sin esta evaluación no se puede seguir adelante con la colaboración.

Además, en ocasiones Ferrer organiza sus propios eventos científicos siguiendo siempre las pautas marcadas por la patronal. Siempre que Ferrer patrocine la asistencia de más de 20 PS a un congreso con un mínimo de una pernoctación, Ferrer comunica previamente este patrocinio a Farmaindustria.

Entre los criterios que revisa Farmaindustria están los siguientes:

• Preferiblemente deben estar organizados por una sociedad científica médica reconocida.

• Los eventos deben ser de carácter exclusivamente científico-profesional. No están permitidos los elementos o actividades de entretenimiento o de carácter lúdico.

• Los objetivos científicos deberán constituir el foco principal en la organización de reuniones.

• La hospitalidad no debe extenderse a otras personas distintas a PS.

• En todo caso, se fija un coste máximo por comensal en cada país (impuestos incluidos) para cualquier forma de hospitalidad asociada a comidas y/o almuerzos. En el caso de España este importe máximo son 70 euros..

• No pueden realizarse pagos a favor de facultativos o grupos de facultativos, ya sea de forma directa o indirecta, para alquilar salas para reuniones. Cuando las reuniones, congresos, simposios y actos similares estén patrocinados por Ferrer, se hará constar en todos los documentos relativos a la reunión y también en cualquier trabajo, ponencia o documento que se publique en relación con éstos.

• Es aceptable el pago de honorarios razonables y el reembolso de gastos personales, incluyendo el viaje, a los moderadores y ponentes de estas reuniones, congresos, simposios y actos similares de carácter profesional o científico.

• Las reuniones y eventos de carácter científico y promocional, organizados o patrocinados por Ferrer se comunicarán previamente a su celebración, de acuerdo con lo establecido en el Código de Farmaindustria.

• No se organizarán o patrocinarán eventos que tengan lugar fuera de España a menos que tenga más sentido desde el punto de vista logístico que así sea porque:

- La mayor parte de los participantes invitados procedan del extranjero 

- Esté localizado en el extranjero un recurso o expertise relevante y que sea el objeto principal del evento.

• La selección y patrocinio de PS para su asistencia a eventos debe cumplir con los criterios que figuran en los códigos aplicables.

• En ningún caso se podrá ofrecer dinero para compensar meramente el tiempo empleado por los PS para asistir al evento.

Previamente a la realización del evento, todas estas colaboraciones se comunican a la Generalitat de Catalunya, dado que es el organismo competente en materia de publicidad y promoción de medicamentos según marca la legislación para empresas ubicadas en Cataluña, como es el caso de Ferrer.

Existen controles internos eficientes para hacer seguimiento oportuno de estos patrocinios y su cumplimiento con el Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria.

 

5.2.1 COLABORACIONES / PATROCINIOS CON TERCEROS ASIGNADOS POR ORGANIZACIONES SANITARIAS PARA LA GESTIÓN DE EVENTOS

En el caso de patrocinio de eventos científicos, a través de stands o simposios entre otros, se transparentarán las transferencias de valor relacionadas con la participación, sin incluir los costes logísticos, de construcción o de diseño.

Para cada congreso la secretaría oficial publica en su página web o a través de un documento que distribuye a la industria farmacéutica las tarifas para el patrocinio de stands, simposios, etc.

Ferrer contrata y hace efectivo el pago del patrocinio a la secretaría oficial, aunque la transferencia de valor se transparenta a nombre de la sociedad científica (OS) que organiza el congreso. Por tanto, pese a que la OS en ningún momento recibe el pago por parte de Ferrer, en la publicación quedará reflejada como receptora de éste.

 

5.2.2 CUOTAS DE INSCRIPCIÓN

Ferrer publicará el coste derivado de la cuota de inscripción a congresos. Ésta da derecho a acceder al recinto del evento y a todas las sesiones científicas de carácter formativo que puedan organizarse en torno al congreso.

En todos los casos, los precios de las inscripciones están marcados por la OS que organiza el congreso, nunca por Ferrer, y se publican en la página web oficial del congreso. Los precios de la inscripción para un mismo evento científico pueden variar en función de si el PS es miembro de la OS organizadora, si es un Residente de Medicina, etc. Asimismo, siempre se intenta realizar la inscripción dentro del periodo establecido para ello con tal de evitar penalizaciones por inscripción tardía.

Nunca se reembolsa directamente al PS el coste de la inscripción.

 

5.2.3 DESPLAZAMIENTO Y ALOJAMIENTO

En los casos en que la asistencia de un PS a un evento científico comporte desplazamiento y/o alojamiento, Ferrer puede patrocinar este coste. Para ello se deben cumplir una serie de requisitos:

• Las fechas de la reserva, tanto del alojamiento como del desplazamiento, deben limitarse siempre a los días del congreso y no se permiten acompañantes.

• En cuanto al desplazamiento, Ferrer se hace cargo del coste del desplazamiento desde el lugar de residencia del PS hasta el lugar donde se celebra el congreso. El PS siempre viajará en clase turista, a excepción de los trayectos de más de cuatro horas de duración, en cuyo caso se podrá proporcionar una clase superior.

• En el caso del alojamiento, Ferrer asume el coste del hotel durante los días del congreso en una categoría máxima de cuatro estrellas. A modo excepcional, si se cumplen los condicionantes aceptados por Farmaindustria, se puede ofrecer una categoría superior.

Ferrer cuenta con una serie de agencias de viajes homologadas para gestionar los desplazamientos y alojamientos de los PS. El proveedor se compromete a buscar siempre la mejor opción en el momento de la contratación a precio de mercado, cumpliendo siempre los criterios de Farmaindustria.

Siempre será Ferrer, o en su caso la agencia de viajes, quien gestione el desplazamiento y/o alojamiento, en ningún caso se rembolsa el coste directamente a los PS.

 

5.3 PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Para cumplir con los objetivos de investigación y formación mencionados al inicio de este documento, los PS y OS prestan diversos servicios a Ferrer mediante charlas formativas, asesorías científicas o participación en estudios científicos, entre muchos otros.

 

5.3.1 HONORARIOS

Ferrer contrata, entre otros, los siguientes servicios a PS y OS:

• Ponencias en reuniones científicas como conferenciante o moderador

• Sesiones de formación

• Participación en estudios

• Reuniones de expertos

Los acuerdos con los PS a título individual y/o con las OS deberán cumplir, entre otras, las siguientes condiciones, según rige el Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria:

• Tendrán como objetivo colaborar con la asistencia sanitaria, la investigación, la docencia/formación, o la organización de Eventos profesionales o científicos

• Debe existir un contrato por escrito previo a la prestación de estos servicios

• La prestación de este servicio debe estar justificada.

• El número de PS contratados debe ser razonable para cumplir con el objetivo marcado.

• Ferrer debe mantener soporte documental de los servicios prestados.

• La contratación de los PS no debe constituir un incentivo para la recomendación, prescripción, compra, suministro, venta o administración de un determinado medicamento.

• La remuneración de los profesionales participantes deberá obedecer a criterios de mercado y ser acorde con el tiempo empleado, el trabajo realizado y las responsabilidades asumidas.

• La remuneración deberá ser dineraria.

En Ferrer existen controles internos eficientes para aprobar previamente cada una de las contrataciones, hacer un seguimiento de éstas y verificar su cumplimiento con el Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria.

Siempre que alguno de estos servicios implique la participación remunerada de más de 10 PS, Ferrer comunica previamente este servicio a Farmaindustria para su aprobación antes de iniciar el proceso de contratación y ejecución de éste.

La contratación de estos servicios se realiza de manera directa o por subcontratación a través de una compañía externa especializada, pudiendo ser ésta una organización de investigación clínica, una secretaría técnica o una empresa gestora de proyectos. Las implicaciones tanto regulatorias como fiscales para Ferrer no varían con independencia del método de contratación seguido.

Las prestaciones de servicios realizadas por empresarios o profesionales se encuentran sujetas al IVA o al IRPF según la normativa aplicable en vigor.

 

5.3.2 GASTOS RELACIONADOS ACORDADOS CONTRACTUALMENTE PARA LA PRESTACIÓN DE ESTOS SERVICIOS, INCLUYENDO TRASLADOS Y ALOJAMIENTO

Toda la información referente a los gastos derivados de la prestación de servicios por parte de los PS queda reflejada en el apartado 5.2.

 

5.4 INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO

El profundo compromiso de Ferrer con la innovación le ha llevado a perseguir un modelo descentralizado de investigación. Ferrer cuenta con unidades de investigación corporativas e independientes y persigue una estrategia basada en colaboraciones y alianzas con grupos públicos de investigación y empresas biotecnológicas de reconocido prestigio.

Un modelo de investigación de esta naturaleza implica que la interrelación de Ferrer con estos grupos debe estar regulada a través de acuerdos formales. En estos contratos, ambas partes manifiestan la finalidad de la interrelación, reflejando su impulso por la I+D.

En este apartado de la publicación incluimos todas aquellas actividades asociadas al diseño o ejecución de estudios preclínicos, ensayos clínicos y estudios postautorización, así como el importe relativo a los gastos de los honorarios, reuniones y eventos científicos relacionados con estos estudios.

Los estudios preclínicos se llevan a cabo con animales, antes de probarse en humanos, para descubrir si un medicamento, un procedimiento o un tratamiento tiene posibilidades de ser útil. El ensayo clínico ya implica la evaluación experimental de un medicamento, un procedimiento o un tratamiento en seres humanos para valorar su eficacia y seguridad. Por último, los estudios postautorización representan cualquier estudio clínico o epidemiológico realizado durante la comercialización de un medicamento según las condiciones autorizadas en su ficha técnica, o bien en condiciones normales de uso, en el que el medicamento o los medicamentos de interés son el factor de exposición fundamental investigado.

En cumplimiento con el artículo 18 de Transparencia del Código de Buenas Prácticas de Farmaindustria, estas transferencias relacionadas con la I+D se publican de modo agregado.

 

6.0 PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

6.1 CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA APLICABLE EN MATERIA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL (DERECHOS ARCO)

Conforme a lo establecido en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal, le informamos que los datos personales que Vd. nos facilite serán tratados por FERRER INTERNACIONAL, S.A (en adelante “Ferrer”) con la finalidad de publicar en la página web de Ferrer (www.ferrer.com) la información relativa a aquellas transferencias de valor realizadas por Ferrer que se destinen directa o indirectamente a un PS y/u OS y que estén relacionadas con su colaboración en actividades formativas, de investigación/desarrollo, reuniones científico-profesionales o prestaciones de servicios relacionadas con medicamentos de prescripción, a efectos de cumplir con las obligaciones de emisión de informes de transparencia en consideración al interés legítimo que Ferrer ostenta como compañía adherida al Código de Farmaindustria.

Una vez publicadas, todo aquel PS que haya recibido transferencias de valor por parte de Ferrer podrá, en cualquier caso, ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición mediante correo electrónico dirigido a lopd@ferrer.com junto con la copia de su DNI o documento identificativo equivalente e indicando como referencia “Transferencias de valor”.

Puede ampliar la información relativa al tratamiento de sus datos personales consultando nuestra Política de Privacidad.

 

7.0 PUBLICACIÓN

7.1 COMPROBACIONES PREVIAS A LA PUBLICACIÓN

Antes de publicar los datos relativos a las transferencias de valor que ha realizado Ferrer en el curso del año natural, se verifica la información sobre transferencias de valor a PS y OS relacionadas con medicamentos de prescripción contenida en el sistema. En el caso que falte algún dato personal, o se detecte alguna posible incoherencia o error, se contacta con la OS o el PS para complementar o verificar los datos que consta en los sistemas de manera que las publicaciones sean lo más precisas posible.

 

7.2 LUGAR DE ACCESO A LOS DATOS

Todos los datos referentes a las transferencias de valor realizadas por Ferrer Central, de manera directa o indirecta, se publicarán en la web corporativa.

 

7.3 IDIOMA

La información se publicará en español.

 

8.0 DOCUMENTOS DE REFERENCIA

Código EFPIA de Transparencia, Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica (FARMAINDUSTRIA)

 

9.0 AVISO LEGAL SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE PUBLICACIÓN EN LA PÁGINA WEB DE FERRER

Se utiliza una combinación de sistemas automatizados, procedimientos estandarizados y entrada de datos manual a través de recursos internos y externos para recopilar información relevante y su posterior publicación. La información publicada refleja la buena fe para cumplir con las disposiciones del artículo 18 del Código de Buenas Prácticas de la Industria Farmacéutica de Farmaindustria. En el caso de que, pese a los mejores esfuerzos para asegurar una publicación que refleje fielmente las transferencias de valor llevadas a cabo, no se haya logrado incluir información correcta y completa, se investigará y se dará una respuesta adecuada en el caso de que la información sea incorrecta tal y como se detalla en los artículos 6.4 y 7.1.

La información publicada según los requerimientos del Código en este sitio web será utilizada únicamente con el fin de cumplir con las disposiciones del Código.

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Última modificación
28/06/2023